¿Por qué siguen los traslados a Colpensiones?

Trasladarse de un fondo privado de pensiones a Colpensiones, por vía judicial, es una alternativa que todavía están usando muchos colombianos que, por diferentes motivos, no tomaron esa decisión en los tiempos que determina la ley.

El presidente de Colpensiones, Juan Miguel Villa, dijo recientemente que en 2018 11.000 personas interpusieron demandas para pedir su ingreso a esta entidad que administra el régimen público o de prima media. Para la mitad de este año la cifra ya iba en 16.000.

Las normas indican que un afiliado al sistema de pensiones en Colombia se puede trasladar de régimen antes de 10 años para cumplir la edad de jubilación (es decir cuando las mujeres tienen 47 años y los hombres 52 años).

Pero, si estas personas no recibieron la información adecuada para tomar esa decisión, en su momento, o cuentan con otros argumentos, tienen la opción de intentar un traslado de un fondo privado a Colpensiones (fondo público), por intermedio de una demanda cuando superan esa edad. Algunos lo logran.

El año pasado, según cifras de la Superfinanciera, 167.156 afiliados se cambiaron de los fondos privados a Colpensiones. De ellos, unos 800 lo lograron vía judicial. Este año, al mes de febrero, el número de traslados a Colpensiones iba en 17.572 y a julio en 75.000, según información publicada por la entidad.

Afiliados a Colpensiones
Alternativas

En Colpensiones el monto de la pensión está por el orden del 65 % del promedio base de cotización, mientras que en el fondo privado el promedio alcanza el 33 %, porque es lo que logre ahorrar la persona. Con base en eso, la expectativa vida, beneficiarios, bono pensional, se fija la mesada y todo esos aspectos disminuyen la prestación.

De ahí que actualmente para que un afiliado se cambie de régimen, en los tiempos previstos por la ley, debe hacer una doble asesoría para que tome una decisión informada.

El experto Marcelo Duque coincidió en que la gran diferencia en el monto de las mesadas que otorgan estos regímenes (privado y público), y la idea generalizada de que el sistema público entrega mayores garantías, es lo que lleva a muchos colombianos a buscar un traslado.

Pero destaca que en este tema no se puede generalizar y que cada caso es diferente. Por eso considera que quienes buscan emprender un proceso judicial para cambiarse a Colpensiones deben tener en cuenta varios aspectos.

Traslados en fondos de pensiones

“Lo importante es que el afiliado verifique que si se traslada a Colpesiones el valor de su mesada sería más alta que en un fondo privado, y con una diferencia que valga la pena el proceso judicial. Además, debe tener en cuenta que ese proceso legal podría tardar varios años y que al final podría salir en su contra”.

Asimismo, agrega Adriana Paredes que se debe contar con algunas pruebas con bases suficientes para demostrarle al juez que no se tuvo el conocimiento pleno cuando se tomó la decisión de permanecer en un fondo u otro.

“Si hay pruebas de que la entidad actuó con diligencia, informó y se dio el deber del buen consejo, no habría nada qué hacer. Pero si pasa lo contrario, la entidad no actuó con la responsabilidad y el deber de la norma, es posible que el caso prospere”, destacó.

La recomendación de los expertos es que los afiliados al sistema, así estén jóvenes, estén pendientes de su ahorro, de los cambios en las normas y de las decisiones que deben tomar a tiempo.

El año pasado el 91,54% de los pensionados por parte de Colpensiones recibieron entre 1 y 4 salarios mínimos, es decir, 1.216.549 personas.
Por otra parte, 112.042 jubilados tienen una mesada de entre 5 y 20 salarios mínimos (8,4% del total).

Personas que recibieron devolución de dinero
Impacto

Julio César Alonso, docente del Icesi, considera que los traslados masivos de los fondos privados a Colpensiones, de personas mayores, implicarán un problema fiscal en el largo plazo porque significa mayores obligaciones.

Fuente: https://www.elpais.com.co/economia/por-que-siguen-los-traslados-a-colpensiones.html
Imagen tomada de www.elpais.com.co
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