Cotización a pensiones de los trabajadores independientes

El Plan Nacional de Desarrollo 2018- 2022 del gobierno actual, pretendía subir la obligación de aportes a la seguridad social para los trabajadores independientes. Esta semana, el Presidente Iván Duque reversó dicha decisión, lo cual, en mi opinión, es acertado, debido a la realidad que viven muchos de quienes laboran por cuenta propia y el enorme esfuerzo que deben hacer –especialmente– para pagar sus aportes a pensión y salud.

Veamos la realidad de este colectivo de trabajadores y, así, podremos entender por qué es razonable no aumentar sus aportes a la seguridad social.

1. Un trabajador por cuenta propia debe cotizar por el 40 por ciento del total de sus ingresos al sistema previsional. El Plan Nacional de Desarrollo tenía la intención de subir dicho monto a 55 por ciento. En términos prácticos, esto significa que si un trabajador independiente tiene ingresos de 10’000.000 de pesos mensuales, debe cotizar a la seguridad social sobre una base del 40 por ciento, equivalente a 4’000.000 mensuales. El valor que debe pagar por esa cotización es de 1’200.000 por mes, aproximadamente. Aumentarlo a 55 por ciento, implicaría una base de 5’.500.000 y un pago por 1’.650.000.

2. Una persona que trabaja como independiente tiene un mayor costo en los aportes al esquema de cobertura de la seguridad, con respecto a un trabajador dependiente. En razón a que asume lo que le correspondería al empleado y al patrón. Es apropiado indicar que un trabajador dependiente con la misma de base de cotización del ejemplo (salario de 10’.000.000 de pesos), aporta 300.000, es decir 900.000 menos que el trabajador independiente, ya que este último debe pagar el 100 por ciento del costo de la seguridad social.

3. Si quien trabaja como independiente decidió trasladarse a Colpensiones, debe cuidar, de forma especial, la base de cotización en los diez años previos al momento de pensión, es decir entre 47- 57 (mujeres) y 52-62 (hombres). Así las cosas, es esencial mantener el mejor promedio posible, el cual debe guardar relación de causalidad con su ingreso real. Conservar el promedio puede ser difícil para este tipo de trabajadores, porque si pierden un contrato o cambian drásticamente sus condiciones, es probable que se vean obligados a reducir su base de cotización. Esa contingencia incidirá de forma directa en la liquidación de su mesada en el fondo púbico.

Como recomendación, es muy importante, antes de trasladarse a Colpensiones, que los trabajadores independientes revisen variables a nivel personal como: estado civil, edad del cónyuge, composición del núcleo familiar, si tienen hijos con discapacidad. En el campo laboral se debe analizar el salario a junio 30 de 1992 (por si tiene derecho a bono pensional y bajo qué condiciones), la base por la cual puede seguir cotizando, si ha trabajado previamente con empleadores del sector público, entre otras consideraciones. Todo esto, para definir la estrategia pensional de mayor conveniencia entre el régimen publico o privado

4. Existen muchos independientes, que por la naturaleza de su actividad, no toda la vida laboral han cotizado, lo cual les impide alcanzar el tiempo mínimo exigido en el régimen público para acceder a la pensión de vejez. Recordemos que se deben tener al menos 1.300 semanas cotizadas, equivalentes a un poco menos de 26 años de aportes.

5. El trabajador por cuenta propia, en múltiples ocasiones tiene irregularidad del ingreso, esto implica que no siempre cuenta con los recursos suficientes para pagar la seguridad social con el mismo promedio. He observado casos en lo cuales el independiente pierde un contrato y no recibe dinero durante meses. Existen actividades como los profesores universitarios hora cátedra, quienes tienen condiciones de inestabilidad en sus ingresos, porque simplemente un día la entidad educativa no los llama a dictar un nuevo curso. E incluso estos docentes trabajan en muchos casos ocho meses de los doce del año. Todas las dinámicas anteriores influyen, de forma directa, en el nivel de cotización y aportes al sistema general de pensiones.

De otra parte, hay personas que actualmente trabajan en grandes organizaciones como empleados, y la dinámica de la competitividad a nivel global, posiblemente traiga cambios que incidan en el nivel de empleabilidad de ellos. Resultante de lo anterior, habrá quienes hoy tienen un contrato con una empresa y mañana pasen a ser independientes. Si no consiguen empleo, o deciden, por iniciativa propia trabajar como contratistas o independientes, deberán enfrentar enormes desafíos en diversos aspectos, entre esos lo concerniente a su jubilación. Si decidieron migrar al fondo público, será determinante mantener su nivel de cotización y no ver afectada su posible mesada en Colpensiones. Por esa misma circunstancia es importante para quienes son empleados, tener en cuenta las diversas variables técnicas mencionadas previamente. Esto con el objeto que puedan tomar una decisión consciente entre el fondo privado y el público.

Por todas las consideraciones descritas en esta columna, sostengo que no es fácil para un trabajador independiente asumir los costos inherentes a la seguridad social. De allí la pertinencia de analizar cada caso de manera particular y tomar las decisiones –en materia pensional– sobre la realidad individual.

 

Fuente: https://www.portafolio.co/opinion/otros-columnistas-1/cotizacion-a-pensiones-de-los-trabajadores-independientes-526644

Imagen: Photo by Skitterphoto from Pexels

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